Bases y condiciones del sorteo Entradas a Rock en Baradero 2026
1. Aceptación de Bases y Condiciones
Las personas que decidan participar en este sorteo denominado “Sorteo Entradas Baradero Rock – Fernet Branca” (en adelante, el “Sorteo”) aceptan someterse a todas y cada una de las disposiciones descriptas en las presentes bases y condiciones por el solo hecho de participar en el Sorteo (en adelante, las “Bases”).
2. Participantes. Requisitos
Podrá participar del Sorteo cualquier persona física mayor de dieciocho (18) años, domiciliada en la República Argentina, sin distinción de provincias (en adelante, el “Territorio”), que cumpla con el mecanismo de participación y las demás condiciones previstas en estas Bases (en adelante, los “Participantes” e individualmente el “Participante”). La participación en el Sorteo implica la aceptación íntegra de las presentes Bases y el cumplimiento de todos los requisitos aquí establecidos.
3. Organizador
El Sorteo está organizado por Fratelli Branca Destilerías S.A., con domicilio en Costa Rica 4451, Tortuguitas, Provincia de Buenos Aires, CUIT 30-50415535-4 (en adelante, el “Organizador”).
4. Plazo de Vigencia
El Sorteo estará vigente desde las 00:00 horas del día lunes 16 de marzo de 2026 hasta las 23:59 horas del día jueves 26 de marzo de 2026 (en adelante, el “Plazo de Vigencia”). Dicho plazo es improrrogable, no aceptándose participaciones posteriores a la finalización del Plazo de Vigencia del Sorteo.
5. Mecánica del Sorteo. Potenciales Ganadores. Potenciales Ganadores Suplentes
Durante el Plazo de Vigencia, los Participantes deberán completar correctamente el formulario de inscripción disponible en el sitio web oficial de Fratelli Branca Destilerías S.A., consignando los datos personales requeridos. Cada inscripción válida que cumpla con los requisitos establecidos otorgará al Participante una (1) chance de participación en el Sorteo.
Finalizado el Plazo de Vigencia, el día 27 de marzo de 2026, el Organizador realizará un sorteo digital mediante un sistema de selección aleatoria entre todos los Participantes que hayan cumplido con el mecanismo mencionado en la presente cláusula.
Se seleccionarán tres (3) Participantes, quienes serán considerados Potenciales Ganadores (en adelante, los “Potenciales Ganadores”).
Asimismo, se seleccionarán tres (3) Participantes adicionales, quienes serán considerados Potenciales Ganadores Suplentes (en adelante, los “Potenciales Ganadores Suplentes”) para el caso de que no pueda concluirse el procedimiento establecido en la cláusula 9 respecto de alguno de los Potenciales Ganadores. Los Potenciales Ganadores Suplentes ordenarán su prioridad conforme al orden en que fueran sorteados.
6. Participación sin obligación de compra
La participación en el presente Sorteo no se encuentra sujeta a obligación de compra. La participación es libre y gratuita, debiendo los Participantes únicamente completar el formulario indicado en la cláusula precedente dentro del período de vigencia del Sorteo.
7. Ganadores
Serán considerados Ganadores los tres (3) Potenciales Ganadores que hayan completado satisfactoriamente el procedimiento de notificación, validación de identidad y aceptación del Premio establecido en la cláusula 9, y se encuentren en total conformidad con las demás disposiciones de estas Bases (en adelante, los “Ganadores” e individualmente el “Ganador”).
8. Premio. Asignación y Alcance
El Premio que será concedido a cada Ganador consistirá en dos (2) entradas para cada uno de los días del festival Baradero Rock, permitiendo el acceso al festival para el Ganador y un (1) acompañante durante los días correspondientes al evento (en adelante, el “Premio”).
Las entradas serán entregadas en formato digital mediante el envío de códigos QR a través de mensaje directo en la red social Instagram desde la cuenta oficial del Organizador.
El Premio no incluye ninguna otra prestación, bien o servicio adicional y no podrá canjearse por su valor en dinero ni por otros bienes o servicios, ni podrá ser cedido a terceros.
El Premio incluye única y exclusivamente las entradas mencionadas precedentemente. Todo concepto no comprendido en el Premio estará a cargo y cuenta exclusiva de los Ganadores, incluyendo pero no limitado a traslados, alojamiento, comidas, gastos personales o cualquier otro gasto asociado a la asistencia al festival.
En caso de que el Premio no sea aceptado por alguno de los Ganadores o no pueda entregarse por causas imputables al mismo, el Premio se considerará desierto y quedará en poder del Organizador, quien podrá disponer del mismo a su exclusivo criterio.
9. Notificación
Los Potenciales Ganadores serán notificados por el Organizador mediante comunicación privada a través de mensaje directo en la plataforma de la red social Instagram y/o mediante correo electrónico, utilizando los datos consignados en el formulario de inscripción.
En caso de que el Organizador no obtenga respuesta por parte de un Potencial Ganador durante las cuarenta y ocho (48) horas posteriores a la notificación, o el mismo no cumpliera con los requisitos establecidos en estas Bases, se procederá a contactar al Potencial Ganador Suplente conforme el orden de prioridad establecido.
Este procedimiento se repetirá hasta tanto se obtengan tres (3) Ganadores en condiciones de recibir el Premio. En caso de que no se obtengan Ganadores en condiciones de recibir el Premio, el mismo se considerará desierto y quedará en poder del Organizador.
10. Identidad de los Potenciales Ganadores
Los Potenciales Ganadores deberán acreditar sus respectivas identidades y mayorías de edad mediante Documento Nacional de Identidad válido, expedido por autoridad competente.
11. Anuncio público de Ganadores
Una vez confirmados, el Organizador podrá anunciar públicamente a los Ganadores a través de su sitio web y/o redes sociales oficiales, sin que ello genere derecho a compensación alguna.
12. Mayoría de edad
Todos los Participantes deberán ser mayores de dieciocho (18) años. La participación en el Sorteo de menores de dieciocho (18) años será nula y sin derecho a reclamo alguno.
13. Facultades del Organizador. Participaciones prohibidas
El Organizador se reserva el derecho de admisión, participación y permanencia de los Participantes, Potenciales Ganadores y Ganadores, quedando facultado para, a su exclusivo criterio, anular, descalificar o eliminar a quienes se hubieran conducido de manera contraria a estas Bases, a la moral, a las buenas costumbres y/o al espíritu del Sorteo. El ejercicio de estos derechos no generará responsabilidad alguna para el Organizador ni derecho a reclamo alguno.
14. Costos y tributos
Todos los costos, impuestos, tasas o contribuciones que se deriven de la participación en el Sorteo y/o de la obtención y uso del Premio, como así también los gastos no asumidos expresamente por el Organizador por medio de estas Bases, estarán a exclusivo cargo de los Participantes y/o Ganadores.
15. Exclusiones
No podrán participar en el Sorteo:
(i) menores de dieciocho (18) años;
(ii) empleados del Organizador, de sus agencias de publicidad y/o promoción, ni sus familiares hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad.
16. Difusión y tratamiento de datos personales
Por el solo hecho de participar en el Sorteo, todos los Participantes prestan su consentimiento expreso y autorizan al Organizador para que su identidad (los “Datos Personales”) sea divulgada por cualquier medio de comunicación que el Organizador dispusiera, sin derecho a retribución alguna. Los Participantes autorizan al Organizador, compañías controlantes, controladas y/o vinculadas a ésta última, a difundir sus nombres y apellidos y/o imágenes con fines publicitarios, promocionales y de marketing, en los medios y formas que consideren convenientes incluyendo –pero no limitado a– publicidad gráfica, televisiva, en vía pública y/o en sitios web del Organizador y/o cualquier otro soporte virtual y/o físico, sin derecho a compensación alguna, durante la vigencia del Sorteo y hasta diez (10) años posteriores contados a partir de la fecha de finalización del Sorteo, en todo de acuerdo con lo establecido en el artículo 14, inciso 3, de la Ley No 25.326.
La información de los Participantes será tratada en cumplimiento con los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales No 25.326. El titular de los Datos Personales podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión total o parcial de su nombre de la base de datos, conforme a la normativa vigente.
17. Situaciones no previstas. Responsabilidad
El Organizador se reserva el derecho de pronunciarse sobre aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en estas Bases, reservándose asimismo el derecho a modificar, suspender o cancelar el Sorteo en cualquier momento, por causas de fuerza mayor, caso fortuito o disposiciones legales vigentes, sin que ello genere derecho a reclamo alguno.
El Organizador no garantiza la disponibilidad y continuidad del funcionamiento del sitio web ni será responsable por fallas técnicas, errores de conexión, interrupciones del servicio de Internet, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo del Sorteo.
El Organizador no será responsable por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Participantes, Potenciales Ganadores, Ganadores o terceros, en sus personas o bienes, con motivo de o con relación a su participación en el Sorteo o por el uso del Premio.
18. Consultas
Para cualquier consulta relacionada con el Sorteo, los interesados podrán comunicarse enviando un correo electrónico a: sobenitez@fratelli-branca.com.ar.
19. Jurisdicción
Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de las presentes Bases y del Sorteo, los Participantes se someterán a la jurisdicción de los tribunales nacionales ordinarios competentes con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las Bases y el presente Sorteo se regirán e interpretarán conforme a las leyes vigentes en la República Argentina.
BEBER CON MODERACIÓN. PROHIBIDA SU VENTA A MENORES DE 18 AÑOS. PARTICIPACIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA.