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Bases y condiciones del sorteo “Cosquín Rock”
Última actualización:

Bases y Condiciones del Sorteo de Entradas Cosquín Rock 2026 - Fernet Branca


1. Aceptación de Bases y Condiciones: Las personas que decidan participar en este sorteo denominado “Sorteo de Entradas Cosquín Rock 2026 con Fernet Branca” (en adelante, el “Sorteo”) aceptan someterse a todas y cada una de las disposiciones descriptas en las presentes bases y condiciones por el solo hecho de participar en el Sorteo (en adelante, las
Bases”).


2. Participantes. Requisitos: Podrá participar del Sorteo cualquier persona física mayor de dieciocho (18) años, domiciliada en la República Argentina, sin distinción de provincias (en adelante, el “Territorio”), que cumpla con alguno de los mecanismos de participación y las demás condiciones previstas en estas Bases (en adelante, los “Participantes” e individualmente el “Participante”).
 

3. Organizador: El Sorteo está organizado por Fratelli Branca Destilerías S.A., con domicilio en Costa Rica 4451, Tortuguitas, Provincia de Buenos Aires, y CUIT 30-50415535-4 (en adelante, el “Organizador”).


4. Plazo de Vigencia: El Sorteo estará vigente en el Territorio desde las 12:00 horas del día 14 de enero de 2026 hasta las 23:59 horas del día 5 de febrero de 2026 (en adelante, el “Plazo de Vigencia”). Dicho plazo es improrrogable, no aceptándose participaciones posteriores a la finalización del Plazo de Vigencia del Sorteo.


5. Mecánica del Sorteo. Potenciales Ganadores. Potenciales Ganadores Suplentes: Durante el Plazo de Vigencia, los Participantes deberán cumplir con los siguientes dos (2) mecanismos de participación (los “Mecanismos”), SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA:
- Mecanismo 1: El Participante deberá ingresar al sitio web oficial de Fratelli Branca Destilerías S.A. https://www.branca.com.ar/fernet-branca y completar el formulario de participación que se encuentra disponible allí, consignando de manera correcta, completa y veraz todos los datos personales allí solicitados.
- Mecanismo 2: El Participante deberá seguir en la plataforma de la red social Instagram a la cuenta oficial @fernetbranca_ar.
 

El día 6 de febrero de 2026 a las 18:00 horas en el domicilio del Organizador se seleccionarán a seis (6) Participantes mediante sorteo aleatorio, considerándose a los Participantes que realizaron y cumplieron con los dos (2) Mecanismos mencionados en la
presente cláusula como potenciales ganadores (en adelante, los “Potenciales Ganadores” e individualmente el “Potencial Ganador”). 

Los Potenciales Ganadores que saldrán sorteados serán notificados por el Organizador de acuerdo con el procedimiento establecido en la cláusula 9. El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones y requisitos previstos en estas Bases por cualquier Potencial Ganador incidirá sobre su aptitud para constituirse en ganador. Asimismo, el incumplimiento de cualquiera de las disposiciones y requisitos previstos en estas Bases por cualquier Participante incidirá sobre su aptitud para constituirse en Potencial Ganador. Asimismo, se seleccionarán mediante el mismo procedimiento y bajo los mismos requisitos, otros seis (6)
Participantes, quienes serán considerados Potenciales Ganadores suplentes (en adelante, los “Potenciales Ganadores Suplentes”, e individualmente, el “Potencial Ganador Suplente”) para el caso de que no pueda concluirse el procedimiento establecido en la cláusula 9 respecto de alguno de los Potenciales Ganadores. Los Potenciales Ganadores Suplentes ordenarán su prioridad conforme al orden en que fueran sorteados.


6. Participación sin obligación de compra: El presente Sorteo es SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA. Podrán participar en igualdad de condiciones del Sorteo, de forma gratuita, sin adquirir ningún producto ni contratar ningún servicio comercializado por el Organizador, ni realizar el pago de suma alguna al Organizador, todos aquellos Participantes que cumplan con los dos (2) Mecanismos estipulados en la cláusula 5.


7. Ganadores: Serán considerados Ganadores los seis (6) Potenciales Ganadores que hayan completado satisfactoriamente el procedimiento de notificación, validación de identidad y aceptación del Premio establecido en la cláusula 9, y se encuentren en total conformidad con las demás disposiciones de estas Bases (en adelante, los “Ganadores” e individualmente, el “Ganador”).


8. Premio. Asignación y Alcance: El Premio que le será concedido a cada Ganador consistirá en dos (2) entradas para el festival Cosquín Rock 2026, a realizarse los días 14 y 15 de febrero de 2026, entre las 14:00 horas y las 2:00 horas, en el Aeródromo Santa María de Punilla, sito en la localidad de Santa María de Punilla, Provincia de Córdoba. Las entradas serán válidas para los dos (2) días en los que se realizará el festival, correspondiendo una (1) entrada para el Ganador y una (1) entrada para un acompañante (en adelante, el “Premio”).

Sujeto al envío de los Datos de Identificación (conforme se definen en la cláusula 9 y de
acuerdo con el procedimiento allí estipulado), cada uno de los Ganadores deberá retirar sus dos (2) entradas, previa verificación de sus datos personales, los cuales constarán en la lista oficial del festival. El retiro de las entradas se realizará en el estacionamiento de la estación de servicio SHELL PUNILLA, ubicada en Av. San Martín 2171, X5164, Santa María de Punilla, Córdoba. Dichas entradas serán el único medio válido que les permitirá a los Ganadores el acceso al festival. Si el Premio no es aceptado por cualquier Ganador, el mismo se considerará desierto y dicho Ganador perderá el derecho a reclamarlo. El Premio desierto quedará en poder del Organizador, pudiendo este disponer del mismo a su exclusivo criterio.

El Premio no incluye otra prestación, bien o servicio o garantía adicional y no podrá canjearse por su valor en dinero o por otros bienes o servicios, ni podrán ser cedido a terceros y únicamente serán adjudicados y entregados a los ganadores que cumplan con los términos de las presentes Bases. El Premio incluye única y exclusivamente a las dos (2) entradas detalladas precedentemente. 

Todo concepto no comprendido en el Premio estará a cargo y cuenta exclusiva de los Ganadores, sin responsabilidad alguna para el Organizador. El Premio NO incluye ningún tipo de traslado, estadía, comidas, refrigerios, gastos personales, reintegro de viáticos o costos de pasajes de ningún tipo, servicio de asistencia médica, gastos extras que puedan suscitarse en la obtención o en el disfrute del Premio, por lo tanto, los gastos en que incurran los Ganadores como consecuencia de la obtención y entrega del mismo, incluyendo, sin limitación, gastos de traslado y estadía en que incurran para procurar el disfrute del Premio serán a cargo exclusivo de los Ganadores, de corresponder.

Asimismo, el Premio no incluye gastos extras de ningún tipo, consumos y/o servicios extra ofrecidos por un hotel, comidas, propinas, cargos por exceso de equipaje, llamada telefónicas, traslados del Participante desde o hacia su ciudad de residencia hasta o desde el lugar donde se realizará el festival Cosquín Rock, excursiones, compras, y cualquier otro importe o gasto que el Ganador realice en ocasión y/o con motivo de la utilización del Premio. En consecuencia, todo gasto adicional en el que incurra el Ganador y su acompañante sea para acceder o hacer uso del Premio, será a exclusivo cargo del Ganador.

El Premio es personal e intransferible. Se encuentra terminantemente prohibido para el Ganador y/o su acompañante, la venta y/u ofrecimiento de venta del Premio, ya sea en forma directa como a través de terceros (Ej. Sitios web especializados). Todo acto por parte del Ganador y/o su acompañante contario a lo dispuesto en la presente cláusula habilitará al Organizador o a quien corresponda, a intimar al Ganador y/o acompañante infractor a la inmediata devolución del Premio correspondiente, y a iniciar contra el mismo las acciones judiciales del caso.


9. Notificación: Los Potenciales Ganadores serán notificados por el Organizador mediante comunicación privada por mensaje directo a través de la plataforma de la red social Instagram, desde la cuenta oficial @fernetbranca_ar. Dicho mensaje directo será enviado al usuario de Instagram que haya sido indicado al completar el formulario de participación conforme lo establecido en la cláusula 5. 

En caso de que (i) el Organizador no obtenga respuesta por parte de un Potencial Ganador durante las siguientes veinticuatro (24) horas de haber sido contactado, o (ii) un Potencial Ganador no hubiera contestado durante las siguientes veinticuatro (24) horas de haberle enviado sus datos al Organizador, se procederá a contactar al Potencial Ganador Suplente conforme el orden de prioridad establecido en el Sorteo.

En dicho caso, se reiterará el procedimiento estipulado en la presente cláusula. Este procedimiento se repetirá hasta tanto se logre establecer una comunicación válida conforme lo mencionado anteriormente y se obtengan seis (6) Ganadores en condiciones de recibir el Premio. En caso de que no se obtengan Ganadores en condiciones de recibir el Premio, el mismo se considerará desierto y quedará en poder del Organizador, quien podrá disponer del
mismo a su exclusivo criterio.


10. Identidad de los Potenciales Ganadores: Los Potenciales Ganadores deberán acreditar sus respectivas identidades y mayorías de edad mediante Documento Nacional de Identidad válido, expedido por autoridad competente.


11. Anuncio público de Ganadores: Una vez confirmados los Ganadores, el Organizador podrá anunciarlos públicamente a través de historias que serán subidas en la plataforma de la red social Instagram en el perfil @fernetbranca_ar, sin que ello genere derecho a compensación alguna.


12. Mayoría de edad: Todos los Participantes deberán ser mayores de dieciocho (18) años. La participación en el Sorteo de menores de dieciocho (18) años será nula y sin derecho a reclamo alguno.


13. Facultades del Organizador. Participaciones prohibidas: El Organizador se reserva el derecho de admisión, participación y permanencia de los Participantes, Potenciales Ganadores y Ganadores, quedando el Organizador facultado para, a su exclusivo criterio, anular, descalificar o eliminar a los Participantes, Potenciales Ganadores y/o Ganadores que, según su sola y razonable valoración, se hubieran conducido de manera contraria a estas Bases, a la moral, a las buenas costumbres y/o al espíritu del Sorteo, y/o si hubieran utilizado mecanismos y/o técnicas manuales o de otro tipo para participar en el Sorteo. En este sentido, el Organizador inhabilitará, a su exclusivo criterio, a cualquier Participante y/o Potencial Ganador y/o Ganador que haya realizado o llevare a cabo conductas fraudulentas o indebidas en contra de los mecanismos de participación y/o en contra de la moral y las buenas costumbres y/u ofendan a terceros para participar en el Sorteo.

El ejercicio de estos derechos por parte del Organizador no generará responsabilidad alguna para el Organizador ni derecho a reclamo de ninguna índole para los Participantes, Potenciales Ganadores o Ganadores. El ejercicio de estos derechos por parte del Organizador es meramente facultativo.


14. Costos y tributos: Todos los costos, impuestos, tasas o contribuciones que se deriven de la participación en el Sorteo y/o de la obtención y uso del Premio, como así también los gastos no asumidos expresamente por el Organizador por medio de estas Bases, estarán a exclusivo cargo de los Participantes, Potenciales Ganadores y Ganadores.


15. Exclusiones: No podrán participar en el Sorteo: (i) menores de dieciocho (18) años; (ii) empleados del Organizador, de sus agencias de publicidad y/o promoción, ni sus familiares hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad, ya sea que lo hagan a nombre propio o de terceros. Estas circunstancias serán corroboradas en oportunidad del procedimiento de la cláusula 9.

16. La aplicación Instagram no patrocina, avala, administra, participa ni se encuentra asociada de modo alguno a este Sorteo.


17. Difusión y tratamiento de datos personales: Por el solo hecho de participar en el Sorteo, todos los Participantes prestan su consentimiento expreso y autorizan al Organizador para que su identidad (los “Datos Personales”) sea divulgada por cualquier medio de comunicación que el Organizador dispusiera, sin derecho a retribución alguna. Los Participantes autorizan al Organizador, compañías controlantes, controladas y/o vinculadas a ésta última, a difundir sus nombres y apellidos y/o imágenes con fines publicitarios, promocionales y de marketing, en los medios y formas que consideren convenientes incluyendo -pero no limitado a- publicidad gráfica, televisiva, en vía pública y/o en sitios web de Fratelli Branca Destilerías S.A. y/o en los sitios web que consideren convenientes y/o cualquier otro soporte virtual y/o físico sin derecho a compensación alguna, durante la vigencia del Sorteo y hasta diez (10) años posteriores contados a partir de la fecha de finalización del Sorteo, en todo de acuerdo con lo establecido en el artículo 14, inciso 3, de la Ley Nº 25.326. Adicionalmente, se informa a los Participantes que la provisión al Organizador de los Datos Personales referidos en esta cláusula será condición necesaria, aunque no suficiente, para participar del Sorteo. Asimismo, se informa a los Participantes que los Datos Personales podrán ser transferidos a otros países. Los Participantes autorizan expresamente al Organizador a ceder, transferir y requerir el procesamiento de datos por parte de terceros procesadores de los que el Organizador se valga para desarrollar y completar el Sorteo (entre otros, agencias de publicidad, diseñadores, proveedores de servicios web, etc.). El registro y participación en el Sorteo implicará el otorgamiento por parte de los
Participantes, del consentimiento previsto en los artículos 5° y 11° de la Ley de Protección de los Datos Personales N° 25.326. La información de los Participantes será tratada en cumplimiento con los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326. El titular de los Datos Personales podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión total o parcial de su nombre de la base de datos, conforme a la normativa vigente, por teléfono al 0039 02 85131.
 

18. Situaciones no previstas. Responsabilidad: El Organizador se reserva el derecho de pronunciarse sobre aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en estas Bases, reservándose asimismo el derecho a modificar, suspender o cancelar el Sorteo en cualquier momento, por causas de fuerza mayor, caso fortuito o disposiciones legales vigentes, sin que ello genere derecho a reclamo alguno. El Organizador no garantiza ni será responsable por la disponibilidad y continuidad del funcionamiento del festival Cosquín Rock ya que el Organizador actúa unicamente como intermediario en la entrega del Premio y no otorga garantía de calidad ni ninguna otra en relación con el Premio, debiendo dirigirse cualquier reclamo directamente a los proveedores de los mismos. El Organizador no garantiza la disponibilidad y continuidad del funcionamiento del servicio de la aplicación Instagram ni será responsable por fallas técnicas, errores de conexión, interrupciones del servicio de Internet o de dicha aplicación. El Organizador tampoco se responsabiliza por el uso que los Ganadores hagan del Premio. Los Ganadores eximen en forma directa al Organizador de cualquier responsabilidad ocasionada por cualquier daño proveniente de su negligencia, dolo, el caso fortuito y/o fuerza mayor, hechos de terceros y/o cualquier responsabilidad. El Organizador no será responsable:
(i) por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Participantes, Potenciales Ganadores, Ganadores o terceros, en sus personas o bienes, con motivo de o con relación a su participación en el Sorteo o por el uso de los Premios; ni
(ii) por fallas en la red telefónica o en Internet o de los servicios postales o por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo del Sorteo; 
(iii) ni por suspensión temporaria o definitiva de alguna de las fechas en las que se realizará el festival Cosquín Rock previsto en estas Bases, por motivos ajenos a la voluntad del Organizador.
Tampoco asume el Organizador responsabilidad alguna por la pérdida y/o sustracción (hurto o robo) y/o daño de los bienes de los Ganadores y/o a su integridad física que pudiera sufrir un Ganador para el retiro y/o por el uso y goce del Premio. El Organizador no será responsable por daños o perjuicios que pudieren sufrir los Ganadores, sus acompañantes o los terceros con motivo y/u ocasión del uso del Premio, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los Ganadores y/o acompañantes lo que es aceptado incondicionalmente por cada Participante por el hecho de participar.


19. Consultas: Para cualquier consulta relacionada con el Sorteo, los interesados podrán comunicarse enviando un correo electrónico a: sobenitez@fratelli-branca.com.ar.


20. Jurisdicción: Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de las presentes Bases y del Sorteo, los Participantes se someterán a la jurisdicción de los tribunales nacionales ordinarios competentes con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las Bases y el presente Sorteo se regirán e interpretarán conforme a las leyes vigentes en la República Argentina.


BEBER CON MODERACIÓN. PROHIBIDA SU VENTA A MENORES DE 18 AÑOS. PARTICIPACIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA.